El Colegio Médico del Perú (CMP)expresó su rotundo rechazo frente a la aprobación por insistencia de la autógrafa de ley que modifica la Ley 27878, Ley de Trabajo del Cirujano Dentista, dándole derecho al ejercicio del acto médico; lo que se realizó de forma sorpresiva, sin programación en la agenda del Pleno, y sin tomar en consideración los argumentos en contra presentados por el Ejecutivo y el CMP en su oportunidad.
Se debe tener en cuenta que, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley N° 23536, Ley que establece las normas generales que regulan el trabajo y la carrera de los profesionales de la salud, el cirujano dentista y el médico cirujano son profesionales de la salud distintos y no equivalentes.
Sin embargo, la normativa aprobada estaría autorizando a los odontólogos a realizar el acto médico, permitiéndoles que realicen distintos procedimientos que no han estado comprendidos en su formación profesional, tanto teórica como práctica, lo cual es un atentado hacia la salud pública.
Por otro lado, según el CMP, el Decreto Legislativo N° 559, Ley de Trabajo Médico, señala que el acto médico es realizado por el médico cirujano, quien tiene la más alta responsabilidad moral y legal de sus efectos (artículo 4); y, se rige estrictamente por el Código de Ética y Deontología del Colegio Médico del Perú (CMP) y los dispositivos internacionales ratificados por el Gobierno Peruano (artículo 5).
En tal sentido, el CMP, en atención a su responsabilidad de velar por la práctica médica en el país y por los efectos y responsabilidades que ello conlleva en la salud pública, advirtió que esta nueva ley genera un grave daño y distorsión en la responsabilidad que deben asumir los profesionales de la salud, la cual debe corresponder a su formación y competencias.
Por lo tanto, el CMP anunció que presentará una Acción de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, denunciando que esta norma representa un quebrantamiento para nuestro sistema jurídico, el cual debe salvaguardar el bienestar de la población.