El retiro del 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) podrá realizarse hasta el 31 de diciembre, en función a la ley aprobada por el Congreso de la República y que el Ejecutivo ha anunciado no observará.
La norma señala que la disposición de la CTS permitirá a los trabajadores cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19.
En ese sentido, autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2021, a los trabajadores comprendidos dentro del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, a disponer libremente del 100 % de los depósitos por CTS que tengan acumulados a la fecha en las entidades financieras.
Dispone, además, que el Poder Ejecutivo dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para el cumplimiento de la norma, en el plazo máximo de diez días calendario, desde la entrada en vigencia de la ley.
Ayer, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, indicó que el Ejecutivo no observará la autógrafa de ley que faculta el retiro de la CTS, pues se han considerado las posibles contingencias que podría generar la emergencia sanitaria en el país.
La norma entrará en vigencia una vez que el Ejecutivo la promulgue en el Diario Oficial El Peruano.