Ex mandatario apeló resolución que declaró improcedente una acción de amparo
La primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima dejó al voto el recurso de apelación presentado por el expresidente Martín Vizcarra contra la resolución que declaró improcedente su acción de amparo contra inhabilitación del Congreso de la República por 10 años.
Durante la audiencia, Vizcarra dijo que la denuncia constitucional en su contra, que concluyó con su inhabilitación, no ha respetado los procedimientos y los plazos previstos en reglamento del Congreso y lo establecido por la Constitución.
“No es que queramos que no se haga el proceso, que se haga, pero respetando los procedimiento y los plazos, se ha hecho en dos meses, no me han dado derecho a la defensa, se ha trabajado en días no laborables, hemos presentado escritos que no han sido respondidos y se pasó a otra etapa”, afirmó.
Apuntó que su inhabilitación por 10 años, la máxima sanción del Congreso, fue una “venganza política” e ilegal, toda vez que la vacunación, con dosis destinadas a un estudio clínico, es materia de una investigación en el Ministerio Público que, según dijo, aun no lo encuentra responsable.
En tanto, su abogado, Fernando Ugaz, argumentó que la resolución que declaró improcedente la acción de amparo no ha valorado la vulneración de los derechos de Vizcarra, toda vez que las acusaciones constitucionales en su contra de han resuelto cuando no había una sentencia firme contra su patrocinado.
“Se aprueba el informe de la Subcomisión sin que hubiera una versión informe final del informe, se desatendió el pedido de la defensa de diligencia programadas, ninguno fue atendido, se aprobó el informe en forma irregular”, apuntó.
En ese marco, el abogado pidió a la Sala que se declare fundada la apelación, como demanda principal, o en todo caso, como demanda accesoria, la nulidad de la misma.
El representante del Ministerio Público, por su parte, solicitó que se ratifique la resolución que declaró infundada la acción de amparo del expresidente Martín Vizcarra contra su inhabilitación.
Sostuvo que el Congreso tiene la facultad constitucional de inhabilitar a un funcionario público hasta por 10 años, lo que implica que tiene la discrecionalidad para fijar el tiempo de la sanción política, en función de su facultad constitucional de tutelar los principios y valores democráticos.
Apuntó que la denuncia constitucional muestra que Vizcarra ejerció su derecho a la defensa y la conducta imputada está clara dado que se habría aprovechado de su cargo para inocularse de la dosis de una vacuna sin haber sido candidato del ensayo.