La Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior ha ordenado la suspensión temporal del procedimiento que la Comisión de Justicia está llevando a cabo contra los siete integrantes de la Junta Nacional de Justicia.
A un día de la fecha programada para el debate y votación del informe de la Comisión de Justicia, que propone la destitución de los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia, los jueces superiores de la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima han ordenado la suspensión de la investigación en curso contra estos magistrados.
Los integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) tenían previsto comparecer ante el Congreso el jueves 21 para ejercer su derecho a la defensa. Sin embargo, tras la resolución emitida, ya no se requerirá su presencia ante el comité parlamentario. La resolución establece la suspensión temporal de los cargos imputados por la Comisión de Justicia, así como de cualquier otro procedimiento derivado de esta investigación, y permanecerá en vigencia hasta que se resuelva el proceso principal relacionado con la acción de amparo presentada por la JNJ.
La Junta Nacional de Justicia ha anunciado que acatará la resolución, argumentando que el respeto y el cumplimiento de las decisiones judiciales son fundamentales en un estado de derecho, y, por lo tanto, no se presentará ante el Congreso.
El presidente del Congreso, Alejandro Soto, ha expresado su desacuerdo con la decisión de la Tercera Sala Constitucional y ha responsabilizado a la misma de cualquier consecuencia que pueda surgir en relación con las investigaciones en curso o futuras.
En relación con el informe de la Comisión de Justicia que plantea la destitución de los miembros de la JNJ, se argumenta que estos no cumplieron con su deber de imparcialidad al emitir un pronunciamiento sobre un caso en proceso en otro ámbito, incumplieron un requisito relacionado con la edad para ser miembro de la JNJ y no presentaron un Informe Anual al Congreso de manera oportuna. En consecuencia, se sugiere que se aplique el artículo 157 de la Constitución para proceder con la destitución de los magistrados.
Si los miembros de la Junta Nacional de Justicia fueran destituidos, varios procesos en curso relacionados con la selección de jueces y fiscales, así como la evaluación y ratificación de magistrados, quedarían paralizados. Esto afectaría a numerosos candidatos y magistrados en proceso de evaluación y desempeño.