El Poder Judicial desestimó la acción de amparo que el expresidente Pedro Castillo interpuso para anular la vacancia en el cargo que, por incapacidad moral permanente, le impuso del Congreso de la República, en diciembre del 2022.
En tal sentido, la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima determinó que el recurso planteado por el exmandatario debe ser declarado “infundado en todos sus extremos”.
La instancia judicial mencionada consideró, asimismo, que la resolución de vacancia presidencial aprobada el 7 de diciembre del año pasado por el Parlamento “se encuentra motivada razonadamente”.
Castillo alegó, a través de su defensa legal, que el Congreso vulneró el debido proceso y su derecho a la defensa, ya que no pudo ejercer esta ante la representación nacional, como se encuentra establecido en la normatividad vigente. Pidió, asimismo, que se anule todo los actuado por el Parlamento respecto a su caso, y que se le restituya en el cargo.
Fundamentos de derecho
A ello, el Poder Judicial replicó señalando que la vacancia presidencial “se encuentra motivada razonadamente”, puesto que contiene las razones de hecho y los fundamentos de derecho que la sustentan.
La misma fue aprobada luego de que Castillo anunciara, vía un mensaje a la Nación, su decisión de cerrar el Parlamento y reorganizar todas las instituciones constitucionalmente autónomas.
De igual modo, se refuta el argumento del exmandatario respecto a que el procedimiento por seguir era una acusación constitucional, indicando que se cumplieron los pasos establecidos para determinar su vacancia, al constatarse una acción contraria al ordenamiento legal, jurídico y constitucional.
«Dadas las circunstancias y los hechos producidos, resultaba no solo necesario, sino realmente indispensable la adopción de una inmediata decisión del Congreso de la República por la situación de extrema excepcionalidad de los hechos producidos», se indica en la resolución.