La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó la resolución que incorpora a la persona jurídica Universidad Telesup como sujeto pasivo imputado en la investigación seguida contra José Luna Gálvez y otros, por la presunta comisión del delito de lavado de activos y otros en agravio del Estado.
De esta manera, el colegiado declaró infundado el recurso de apelación presentado por Telesup y ratificó lo resuelto por el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional.
Así, coincidió en que existe sospecha reveladora de participación de la universidad en los hechos que son materia de investigación.
Además, precisó que la incorporación de una persona jurídica al proceso penal no significa de ningún modo alguna atribución de responsabilidad penal, menos a nivel indiciario.
Detalló que precisamente con la incorporación de la referida universidad recién se podrá investigar y determinar su situación jurídica.
Asimismo, coincidió con lo resuelto de primera instancia que señaló que la fiscalía ha desarrollado la cadena de atribución respecto a los hechos punibles que habría cometido Telesup, presunto delito de lavado de activos agravado y asociación ilícita para delinquir.
Según la investigación, Luis Castañeda Lossio y Jorge Zegarra Lévano, habrían recibido dinero de la empresa Odebrecht, para financiar las campañas electorales de 2011 y 2014 del ya fallecido exalcalde de Lima.
En ese contexto, Telesup habría sido utilizada para mantener en su poder parte del dinero de fuente ilícita, específicamente, proveniente de la empresa Odebrecht, con la finalidad de que se otorgue apariencia de legalidad.