La Sala Penal de Apelaciones Nacional de Emergencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada confirmó el impedimento de salida del país contra el vacado expresidente Martín Vizcarra por seis meses.
Vizcarra afronta un juicio oral por el presunto delito de cohecho pasivo propio por supuestamente haber recibido coimas cuando era gobernador regional de Moquegua, a cambio de obras públicas.
De este modo, se ratificó la solicitud del Ministerio Público para prolongar esta medida restrictiva contra el exmandatario, que vencía el 4 de enero del 2025, con lo cual ahora se prolongará hasta el 4 de julio de este año.
En su resolución, la sala advirtió que la etapa de juicio oral, que ya se inició, será compleja debido a que, en la etapa intermedia, se admitió una gran cantidad de elementos probatorios: 23 testigos, 3 testigos técnicos, 7 peritos, 146 documentales y 10 pericias.
Además, se tiene como antecedente que la etapa intermedia de control de acusación tuvo una duración de 24 sesiones en 5 meses debido a la complejidad de los cargos y a la voluminosidad de pruebas ofrecidas por las partes.
El fallo indica también que, si bien Martín Vizcarra ha venido cumpliendo las reglas de conducta, no se puede soslayar la actual situación del mismo, ya que se encuentra en etapa de juicio oral discutiendo la acusación fiscal por cohecho pasivo propio, en donde se requiere 15 años de prisión.
Por ello, para la sala se «genera convicción sobre el incremento de probabilidad de que el imputado pueda evadir la acción de la justicia» debido a la alta pena solicitada por la Fiscalía.
«Debe connotarse además que la prolongación de esta medida no genera una afectación grave a la libertad ambulatoria del imputado, pues la defensa ha informado en audiencia que, en realidad, su defendido Martín Vizcarra Cornejo no tiene pensado viajar al extranjero durante los próximos seis meses, no se han esbozado y menos aún acreditado además razones de salud, familiares o laborales para salir del país», se lee en la resolución.
«De ello podemos desprender que esta medida es proporcional, en razón a que la encontramos idónea, al buscar como finalidad la sujeción al proceso ante una posible imposición de una sanción o en su defecto una absolución; necesaria, pues no encontramos una medida menos gravosa que se pueda imponer a fin de cumplir al menos en algo, la preservación y efectividad del proceso judicial, y es proporcionalmente estricta», agrega.
Según la acusación fiscal, Vizcarra habría recibido una coima de S/2,3 millones, cuando fuera gobernador regional de Moquegua, de las empresas Obrainsa e ICCGSA, a cambio de los proyectos Lomas de Ilo y el Hospital de Moquegua, respectivamente.