El Ejecutivo promulgó la ley que reestablece la autonomía constitucional del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, con relación al procedimiento de designación de sus procuradores públicos.
La norma, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica el Decreto Legislativo 1326, mediante el cual se crea la Procuraduría General del Estado.
LEY Nº 31778 by Reyna Cárdenas Andazabal on Scribd
La modificatoria señala que los procuradores del Poder Legislativo, Poder Judicial y organismos constitucionales autónomos son elegidos por los titulares de dichas entidades por un plazo de cinco años, mediante concurso público.
Además, mantienen autonomía administrativa y funcional para dirigir sus respectivos procesos de selección y no están sujetos a los lineamientos y disposiciones de la Procuraduría General del Estado.
Dichos procuradores, de manera excepcional, son designados mediante resolución del procurador general del Estado, previa comunicación del titular de la entidad
En tanto, su régimen laboral es aquel que corresponda a la entidad en la que ejerzan sus funciones, ya sea el Poder Legislativo, Poder Judicial u organismos constitucionales autónomos.
Por último, se señala que, a partir de la entrada en vigor de la presente ley, los procesos de selección convocados para la designación de dichos procuradores públicos, cualquiera sea su estado o etapa, se adecuarán a lo dispuesto en la presente ley o, en caso de haber sido ya nombrados, están sujetos a evaluación y ratificación del titular de la entidad.
El dispositivo lleva la firma de la presidenta de la República, Dina Boluarte; y de la ministra de la Mujer, Nancy Tolentino, como encargada de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).