El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Callao, a cargo del magistrado Sergio Martín Núñez Palacios, declaró infundada la demanda de hábeas corpus que interpuso el abogado Alfredo Crespo en favor de Elena Iparraguirre contra el fiscal de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao y el Director de la División Médico Legal del Callao, por la presunta vulneración a la integridad personal y libertad religiosa, así como su derecho para enterrar a su esposo, el cabecilla de Sendero Luminoso, el genovida Abimael Guzmán Reynoso.
Crespo, defensor de Iparraguirre, interpuso -el pasado 11 de setiembre- una demanda de hábeas corpus ante la Corte Superior de Justicia de Lima, con el objetivo de que se ordene al fiscal del Callao y al director de la División Médico Legal del Callao que cumplan con entregar el cadáver de Guzmán a quien la senderista designe mediante carta poder, en tanto esta encuentra privada de su libertad por el delito de terrorismo.
El órgano jurisdiccional consideró que no existen argumentos suficientes que evidencien una vulneración a la integridad personal ni a la libertad religiosa de Elena Iparraguirre.