Política

JNE: Roberto Burneo brindó detalles sobre el cronograma electoral 2026

Durante una sesión de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, Roberto Burneo Bermejo, presidente del Jurado Nacional de Elecciones, brindó hoy alcances sobre el cronograma electoral aprobado para las Elecciones Generales 2026.

Expuso los hitos que conforman el cronograma, entre ellos el de la fecha límite (11 de junio de 2025) para que los partidos políticos soliciten ante el Registro de Organizaciones Políticas la inscripción de las modificaciones que introduzcan a su normativa interna.

El próximo 2 de agosto es el plazo límite para que las agrupaciones políticas soliciten la conformación de las alianzas electorales y que el 1 de setiembre de este año es la fecha máxima para que estas logren su inscripción.

El titular del JNE indicó que otros hitos importantes están referidas a las elecciones primarias, en las que las organizaciones políticas inscritas elegirán a sus candidatos que participarán en los comicios del 12 de abril de 2026.

Burneo Bermejo, señaló que las elecciones primarias se desarrollarán en dos fechas de acuerdo con la modalidad de elección que hayan determinado previamente las organizaciones políticas: 30 de noviembre (voto de afiliados para la modalidad b) señalada en el artículo 24 de la Ley N° 28094 o de afiliados y no afiliados que se hayan inscrito para participar en dicha jornada electoral, según la modalidad a) de la citada norma) y el 7 de diciembre (voto de delegados).

Recalcó que otro hito importante es el 23 de diciembre de este año, fecha en que vence el plazo para que las fuerzas políticas presenten sus solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos.

En cuanto a las renuncias y licencias Burneo indicó, que hasta el próximo 13 de octubre, es decir, seis meses antes del día de las elecciones, pueden presentar las renuncias a sus cargos los altos funcionarios que decidan ser candidatos, según lo que disponen el artículo 91 de la Constitución Política, así como los artículos 107 y 113 de la Ley Orgánica de Elecciones.

Los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos y de los organismos y empresas del Estado, que deseen postular en las EG 2026, deberán solicitar licencias sin goce de haber ante la respectiva entidad, la que debe ser concedida a partir del 11 de febrero de 2026 (60 días antes de la fecha de las elecciones).


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *