Cono se recuerda, el médico que supuestamente atendió a Rafael Vela, Aldo Velit Palacios, fue denunciado penalmente por firmar una “falsa certificación”.
Durante una reciente conferencia de prensa ante los medios extranjeros, el fiscal Rafael Vela Barba hizo mención al descanso médico de 8 días que presentó, en noviembre del año pasado, mientras afrontaba un proceso en la Autoridad Nacional de Control (ANC) del Ministerio Público, que, finalmente, lo suspendió por 8 meses y medio por haber incurrido en faltas muy graves.
Aquella vez, Vela entregó un certificado médico con «diagnóstico de presunción» de «lumbago con ciática», el cual fue elaborado por el médico Aldo Fernando Velit Palacios, de la clínica Delgado. Sin embargo, el coordinador del Equipo Especial Lava Jato dijo, en la víspera, que presentó dicho descanso médico por una «fractura que tengo en la espalda».
Al respecto, Omar Neyra, doctor en salud pública, manifestó a Altavoz que «una fractura de columna te imposibilita a hacer cosas y te tienen que mínimo dar descanso absoluto en cama , y esto no ha sido así».
«Un lumbago, si es que era real, es una contractura por estrés, por ejemplo», anotó Neyra.
Según el diario Expreso, por este caso, el médico Velit Palacios fue denunciado penalmente ante el Quinto Despacho de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima, Breña, Rímac y Jesús María por firmar una “falsa certificación”. En tanto, el hermano del fiscal, Carlos Vela Barba, es mencionado como instigador.
“El hermano del fiscal también es galeno y laboraría conjuntamente con el doctor Aldo Fernando Velit Palacios en el Hospital de la Fuerza Aérea del Perú, médico que expidió el certificado”, se lee en la acusación.
Para el denunciante, Carlos Vela Barba actuó como instigador al solicitar la emisión del certificado a Aldo Fernando Velit Palacios, para conseguir que el jefe del Equipo Especial Lava Jato reprograme su declaración ante la ANC.
“Dicha enfermedad, según información obtenida de la página web de la Organización Mundial de la Salud, requiere de una evaluación clínica para determinar la posterior administración de medicamentos para disminuir los síntomas de lumbalgia, así como una determinada rehabilitación. Por lo tanto, de ser cierto el malestar, el galeno expidió un documento en que debió haber contado con mínimos elementos de prueba para llegar a esa conclusión”, sostiene la imputación.
Así, se le acusa al doctor de cometer un delito regulado en el artículo 431 del Código Penal, que señala que «el médico que, maliciosamente, expide un certificado falso respecto a la existencia o no existencia, presente o pasada, de enfermedades físicas o mentales, será reprimido con pena privativa de la libertad no mayor a tres años e inhabilitación de uno a dos años».