El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó, en última instancia, la exclusión del candidato del partido político Perú Libre, Isaac Humala Núñez, de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, por la omisión de información sobre bienes muebles en la hoja de vida que presentó para postular a estos comicios.
El citado postulante no declaró la propiedad de un vehículo, por lo que en aplicación del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) quedó fuera de la contienda electoral, ratificando con ello lo resuelto en primera instancia por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1.
Según un reporte estadístico del JNE, el alto número de exclusión de candidatos se debe a la omisión de información obligatoria en la hoja de vida (sentencias penales y civiles, así como bienes y rentas), situación que, como en el presente caso, acarrea un perjuicio para el Estado al transgredirse el principio de presunción de veracidad.
Igualmente, se transgrede el derecho del elector a contar con información completa y fidedigna de los postulantes para la emisión de un voto responsable y racional y, de esta forma, constituya una expresión auténtica de su voluntad, tal y como lo ampara el artículo 176 de la Constitución.
En mérito de estas consideraciones, no se encontró sustento alguno en el recurso de apelación del candidato Humala Núñez, concluyéndose que está inmerso en la causal de exclusión por omisión de información en la hoja de vida.
De esta manera, el supremo tribunal electoral exige a las organizaciones políticas y a los postulantes que actúen con responsabilidad, transparencia y buena fe en los procesos electorales para permitir a los ciudadanos elegir autoridades idóneas.
El Pleno del JNE viene resolviendo con transparencia y celeridad los recursos de apelación referidos a exclusión de aspirantes al Congreso de la República. Para este jueves 26, desde las 09:30 horas, tiene programada dos audiencias públicas para revisar 61 expedientes.