Con miras a las elecciones regionales y municipales de este año
La Contraloría General de la República modificó el reglamento para implementar la Ley 31227, respecto a la recepción, el ejercicio de control, fiscalización y sanción de la declaración jurada de intereses de autoridades, funcionarios y servidores del Estado, y candidatos a cargos públicos.
A través de la Resolución de Contraloría 265-2022-CG, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece la modificación de los artículos 23 y 24 del referido reglamento.
En tal sentido, en el caso del artículo 23, referido a los sujetos obligados y oportunidad de presentación, están incluidos todo aquel candidato a un cargo de elección popular quien debe presentar su declaración jurada de interés de carácter preventivo.
Ello en un plazo máximo de 15 días hábiles, luego de cumplido el plazo que cuenta la Contraloría para el registro y habilitación en dicho sistema, previa información brindada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) respecto a los candidatos admitidos en el proceso electoral.
Mientras el artículo 24, sobre el registro de sujetos obligados a presentar la declaración de carácter preventivo, refiere que para efectos de registro por parte de la Contraloría de los sujetos obligados, el JNE en el plazo máximo de dos días
hábiles siguientes de vencido el plazo para la publicación de las listas admitidas al proceso electoral.
Además, la Contraloría, dentro los cinco días hábiles siguientes de recibida la información por parte del Jurado Nacional de Elecciones, efectúa el registro respectivo en el sistema cuando cuente con la información que es requerida.
En tanto, también se incorpora la Sexta Disposición Complementaria Transitoria donde se agregan los aspectos complementarios al procedimiento de presentación de las declaraciones juradas de intereses de carácter preventivo por parte de los candidatos a cargos de elección popular en las elecciones regionales y municipales 2022.
Para ello, la información de los candidatos admitidos para participar en el referido proceso electoral que corresponde al JNE brindar a la Contraloría, en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes de vencido el plazo para la publicación de las listas admitidas al proceso electoral, se efectúa según el Formato de relación de sujetos obligados a la presentación de la declaración jurada de intereses de carácter preventivo.