La Contraloría General de la República emitió disposiciones excepcionales referidas al proceso de transferencia de la gestión presidencial.
En la resolución 148-2021-CG, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, dicha institución señala que el Equipo Revisor para el proceso de transferencia de gestión está conformado por dos personas, como mínimo, siendo una de ellas designada como responsable de dicha instancia (contraloría).
Se indica también que la aprobación y envío del informe de transferencia de gestión que realice cada ministro saliente, se hace como máximo al día siguiente de recibido el documento del Equipo Revisor en el que se le solicita este.
Estas normas se emiten tras la proclamación del presidente electo, Pedro Castillo, realizada esta semana.
Las mismas se encargan en la directiva denominada ‘Rendición de Cuentas y Transferencia de Gestión en las entidades del Gobierno Nacional’ (Directiva 006-2021-CG/INTEG), vigente desde mayo del presente año.
En ella se establece que los titulares de las entidades públicas debe realizar una rendición de cuentas y transferencia de gestión “efectiva, eficiente y oportuna”, caracterizada por la transparencia en los resultados alcanzados en su gestión y el uso de recursos y bienes públicos.