El Congreso de la República solicitó al Tribunal Constitucional (TC) anular la votación de la demanda competencial presentada contra el Poder Judicial por los fallos que permitieron el regreso de Aldo Vásquez e Inés Tello a la Junta Nacional de Justicia (JNJ), a pesar de que fueron inhabilitados por el Parlamento.
A través de un escrito, el procurador del Legislativo, Manuel Peña Tavera, justificó su petición alegando que la votación se llevó a cabo sin contar con el quorum señalado en el artículo 5 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
Peña Tavera indicó que el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse denunció una serie de irregularidades en torno al acto de votación de la ponencia presentada en dicha causa, en donde se declaró infundada la demanda del Congreso, y afirmó que la votación es inválida porque no contó con el quorum necesario.
«Esta situación, de manera evidente, repercute sobre el acto de votación, y el procedimiento mismo de la sesión realizada el 18 de octubre último, en el que se discutió la ponencia presentada respecto al fallo a emitirse en torno a la presente controversia; y ello amerita que su digna Presidencia disponga se subsane el vicio identificado, de conformidad a lo establecido en el artículo 119 del Nuevo Código Procesal Constitucional, y en consecuencia, se disponga la nulidad del acto de votación realizado, en el que solo participaron, y emitieron su voto, cuatro magistrados del Tribunal Constitucional, incumpliéndose así con el quorum requerido para otorgar validez a dicho acto», se lee en el documento.
Además, el procurador del Parlamento anotó que, si bien se pudo instalar válidamente la sesión de la sala plena del TC, resultaba indispensable que se verifique le presencia del quorum legal para llevar a cabo la votación.
Por este motivo, a juicio del Legislativo, a la fecha no existe un acuerdo o decisión válidamente emitida sobre la demanda competencia interpuesta por el Congreso.
«Por todo lo expuesto, corresponde poner en conocimiento del digno Tribunal Constitucional que usted preside lo reseñado en párrafos precedentes, a fin de que, se disponga la emisión de la resolución que corresponda, y se subsane los vicios del procedimiento y acto de votación descrito», finaliza el escrito.