Indicó que no hubo consideración indebida de los votos de los congresistas
Ante el pedido de la magistrada Inés Tello de Ñecco de declarar inexistente la resolución que aprobó su destitución, el Congreso de la República indicó que no hubo una consideración indebida de los votos de los congresistas.
De acuerdo con el pedido de Tello de Ñecco, no se alcanzaron los 67 votos requeridos para aprobar su inhabilitación ya que se consideró «indebidamente» el voto del parlamentario José Luna Gálvez, quien es integrante de la Comisión Permanente y que por Reglamento del Congreso no participa en dicha votación.
Al respecto, el Parlamento refirió que el congresista Luna Gálvez «no ejerció su voto en la Comisión Permanente del 26 de febrero del 2024«, motivo por el cual estaba habilitado para ejercer su voto durante la sesión del pleno de hoy, jueves 7 de marzo.
«En consecuencia no existe ninguna causal de nulidad en la votación«, culminó el comunicado del Congreso publicado en la plataforma X luego de haber recibido la comunicación de la magistrada en la que expresó que aún se considera miembro de la Junta Nacional de Justicia.
Inhabilitación
Como se recuerda, en horas de la tarde del día de hoy, el pleno del Congreso dio por aprobado aprobó inhabilitar de la función pública por diez años a Luz Inés Tello de Ñecco, miembro de la JNJ. De acuerdo con el Parlamento, fueron 67 votos a favor, 23 en contra, 3 abstenciones de sancionar a Tello de Ñecco por infracción constitucional del artículo 156 (inciso 3).
Posteriormente, la bancada de Cambio Democrático- Juntos por el Perú presentó una reconsideración contra la votación que aprobó la inhabilitación de Inés Tello. El pedido de reconsideración solo obtuvo 29 votos favor, 80 en contra y 3 abstenciones por parte de la representación nacional y no prosperó.