Luego de que las leyes no fueran observadas por el Gobierno de la mandataria Dina Boluarte.
El presidente del Congreso de la República, Eduardo Salhuana (Alianza para el Progreso), ordenó al Ejecutivo la promulgación de las normas sobre lesa inmunidad y organización criminal.
Esto, luego de que el Gobierno de la presidenta Dina Boluarte decidiera no observar las leyes aprobadas en el Parlamento.
La primera norma, que especifica la aplicación de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, precisa que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigor en el ordenamiento jurídico peruano recién el 1 de julio del 2002; mientras que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, el 9 de noviembre de 2003.
“Nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional”, indica el texto.
“Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, añade.
Por su parte, la ley que modifica la definición de organización criminal señala que se considerará como tal a todo grupo “con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa”, conformado por tres o más personas, que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel.
Asimismo, en cuanto al allanamiento, establece que este deberá realizarse con presencia del investigado y de su abogado. De no contar con defensa, se proporcionará una de oficio.