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Congreso aprueba que los partidos no podrán ser disueltos por actos ilícitos cometidos por sus integrantes

  • Los militantes deberán asumir su responsabilidad de manera individual.

El Pleno del Congreso aprobó el dictamen que establece que los partidos políticos no podrán ser disueltos por los actos ilícitos cometidos por sus integrantes, sino que estos deberán asumir su responsabilidad de manera individual.

En primera votación, el texto logró 88 votos a favor, 15 en contra y dos abstenciones. Además, con 91 votos a favor, 15 en contra y dos abstenciones, se exoneró la segunda votación.

La norma modifica el Código Penal, el Decreto Legislativo 635 y la ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal, a fin de optimizar la democracia representativa y establecer medidas para la lucha contra la corrupción en las organizaciones políticas.

Al respecto, la presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento, Martha Moyano (Fuerza Popular), manifestó que la iniciativa garantiza el funcionamiento partidario frente a situaciones que pongan en riesgo su disolución por hechos individuales de sus militantes.

“Los partidos políticos no podrán ser sujetos de disolución, suspensión o del cierre de sus locales por la vía judicial, sino que su régimen sancionador se rige por la Ley N.º 28094, Ley de organizaciones políticas y sus estatutos partidarios”, enfatizó Moyano.

En tanto, el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Américo Gonza (Perú Libre), señaló que el proyecto busca salvaguardar la institucionalidad de los partidos políticos y la participación ciudadana.

“Muchas personas dedican esfuerzo y tiempo para formar parte de las organizaciones políticas donde son parte de la toma de decisiones, desde los cargos por elección popular en el país”, expresó Gonza.