Norma exige que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado.
La Comisión Permanente del Congreso aprobó, en segunda y definitiva votación, este jueves 4 de julio la ley que modifica la definición de organización criminal y exige que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado.
La decisión se tomó con 12 votos a favor, 3 en contra y 9 abstenciones.
La norma aprobada indica que se considerará como organización criminal a todo grupo “con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa”, conformado por tres o más personas que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel.
Asimismo, señala que la Fiscalía no podrá solicitar al Poder Judicial el bloqueo e inmovilización de las cuentas bancarias vinculadas a ingresos pensionarios y/o relacionadas con bienes y activos de partidos políticos.
En cuanto al allanamiento, establece que el operativo debe realizarse con presencia del investigado y de su abogado, y, de no contar con este último, se le proporcionará uno de oficio.
La propuesta fue presentada por el congresista Américo Gonza (Perú Libre), presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, y está basada en un proyecto de ley de Waldemar Cerrón, hermano del prófugo Vladimir Cerrón.
La ley pasará ahora al Ejecutivo para su promulgación u observación.