El pleno del Congreso aprobó, en primera votación, una ley que modifica los artículos 473, 476-A y 481-A del Código Procesal Penal, relacionados al proceso especial de colaboración eficaz, con la finalidad de optimizar la fase de corroboración, la eficacia de su utilización y el uso de la información en otros procesos.
La representación nacional apoyó esta iniciativa con 73 votos a favor, 22 en contra y ocho abstenciones. Posteriormente, se puso a consulta la exoneración de la segunda votación, pero no alcanzó el número requerido para ser aprobada.
Según el texto aprobado, la modificación de los referidos artículos del Código Procesal Penal realiza cambios en lo referente a la fase de la corroboraqción, la eficacia de las diligencias de corroboración y su incorporación en otros procesos, y la utilidad de la información en otros procesos.
Durante la sustentación de la iniciativa, la secretaria de la Comisión de Justicia, María Teresa Cabrera, manifestó que este proyecto de ley recibió la opinión favorable del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en cuanto a los cambios efectuados.
Sin embargo, explicó que presentaron una discrepancia respecto al artículo 476-A, pero que esta fue absuelta.
Cabrera agregó que también se efectuó la invitación al Poder Judicial y al Ministerio Público, pero que no se obtuvo una respuesta.
«Se trata de una herramienta técnica – jurídica que busca facilitar el proceso de colaboración eficaz, que plantea que en el proceso se cuenten con la presencia del abogado del futuro colaborador y garantizar los acuerdos alcanzados», añadió.
Previo a la votación, el congresista Gino Costa planteó una cuestión previa para que esta iniciativa retorne a comisión para un mejor estudio, pero esta fue desestimada.