A pesar de las advertencias del Ejecutivo sobre el impacto negativo en la calidad educativa, el Pleno del Congreso decidió respaldar la reintegración de profesores cesados a la Carrera Pública Magisterial. Con 92 votos a favor y solo seis en contra, los legisladores aprobaron la norma por insistencia, sin tomar en consideración ninguno de los puntos objetados por el Ministerio de Educación.
José Balcázar Zelada (Perú Bicentenario), presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, afirmó que «no se evidencian fundamentos de mérito para considerar que el contenido de la autógrafa de Ley incurra en afectaciones constitucionales y mucho menos esté afectando las normas vigentes del sector Educación», desestimando así las objeciones planteadas por el gabinete de Dina Boluarte.
La norma que respalda los Proyectos de Ley 43/2021, 973/2021, 1361/2021, 2367/2021, 2542/2022 y 4464/2022 facilita el retorno de docentes interinos a la Carrera Pública Magisterial, quienes fueron retirados tras finalizar sus labores, según lo establecido por la Resolución de Secretaria General 2078-2014-MINEDU.
El Ejecutivo presentó un oficio al presidente del Congreso de la República, Alejandro Soto, argumentando que la autógrafa contradice «la meritocracia y la rectoría en las políticas educativas, el aseguramiento a la educación de calidad, la importancia de la evaluación de ingreso a la Carrera Pública Magisterial, los concursos públicos de méritos, rol de profesorado, el derecho a la igualdad y no discriminación, la teoría de los hechos cumplidos y la iniciativa de gasto».
La gestión de Dina Boluarte identificó 11 motivos por los cuales la norma no debería ser aprobada como lo fue en la Comisión de Educación. Sin embargo, todas estas objeciones fueron desestimadas por la representación nacional.
En septiembre de 2023, el Ministerio de Educación cuestionó una de las bases de la propuesta legislativa, que buscaba reintegrar a 14 mil docentes interinos cesados en 2014 por no haber rendido una evaluación o haber desaprobado la prueba.
«Esta es una norma que beneficiaría a docentes que fueron nombrados interinamente a razón de una ley del año 1984, que permitía el nombramiento temporal a aquellos profesores que no contaban con título pedagógico y les daba un plazo de tiempo para que sacaran el título. Entonces, los que no sacaron el título se quedaron con este nombramiento temporal», explicó la entonces ministra de Educación Magnet Márquez, en declaraciones a RPP.
En diciembre de 2023, el Minedu objetó la autógrafa, uno de sus argumentos siendo «evitar la discriminación y conflictos innecesarios entre los docentes en Perú al garantizar la igualdad ante la ley en los procesos de evaluación y condiciones de ingreso a la carrera magisterial».
La figura de maestros interinos se estableció en 1984 debido a la falta de profesionales en educación. Si bien se requería un título pedagógico y participar en un concurso público, no fue hasta 2012 que este requisito se convirtió en obligatorio.
La norma otorgó un plazo de dos años para que los docentes cumplan con este requisito. Sin embargo, «del total de 14.863 profesores interinos, solo se inscribieron 5.315; y, de estos, solo pasaron el examen 546», detalló Ricardo Cuenca, exministro de Educación, a El Comercio.