Este martes, a menos de una semana de lo que debería ser finalmente la reactivación de la gran mayoría de las actividades económicas, el Ministerio de Salud ha aprobado, por medio de la Resolución Ministerial 239-2020, el documento que da los lineamientos para la prevención del contagio del COVID 19. Esta norma más allá de no establecer medidas precisas y fácilmente entendibles para los empresarios y los trabajadores, propone obligaciones que pueden afectar no solo la actividad económica en conjunto sino a la salud pública.
Es Imprecisa
Lo que debió ser un manual con lineamientos puntuales para que todas las empresas puedan seguir al pie de la letra desde el primer día de reapertura, termina siendo un listado de obligaciones genéricas para que los empresarios y los médicos ocupacionales propongan soluciones que funcionen.
La experiencia en los Centros de Salud en los últimos dos meses ha dejado claro que a riesgos nuevos medidas nuevas, que nadie estaba preparado y que las soluciones que funcionaron tardaron en llegar. Por qué entonces empezar de nuevo en todas las empresas con este proceso de prueba y error.
El uso de frases como “en lo que sea posible”, “según lo establezca la normatividad competente”, transforma el documento en una recopilación de recomendaciones y lleva a preguntarnos, si no es el Ministerio de Salud quien debería definir esos lineamientos y no el empleador.
Desconectada con la realidad
El documento segmenta a los trabajadores en cuatro grupos según su riesgo de contagio para luego proponer medidas de prevención obligatorias para cada uno. Dos grupos son exclusivamente para el sector salud. De los dos grupos restantes que incluyen todas las demás industrias, el primero son los trabajadores que no tienen contacto frecuente a menos de dos metros con el público o con otro trabajador, el cuarto somos el 99% restante.
Es exclusiva
Los trabajadores mayores de 60 años, los asmáticos, los obesos, las personas con diabetes y cáncer; estarían obligados a mantener la cuarentena domiciliaria. Esto combinado con la ley de suspensión perfecta de labores terminan siendo una receta para que las personas con estas condiciones continúen sin recibir un sueldo. ¿Cuál es entonces la propuesta para que puedan cubrir gastos?
Es peligrosa
Una de las medidas que más llama la atención es la reducción de distancia entre personas a 1 metro en comedores y vestidores. Además de incumplir con las recomendaciones de organismos como la OMS y la CDC; es incierto el criterio que han aplicado para permitir estar más cerca en ambientes donde la gente por razones obvias debe quitarse la mascarilla.
Lo absurdo de esto es que en caso el plan de prevención falle y exista un contagio dentro de la empresa, se debe notificar a SUNAFIL para que clausure el sitio por riesgo grave o inminente, aun cuando las situaciones de riesgo las pudo haber propiciado la misma norma.
Delega funciones que corresponde al Ministerio de Salud
Definitivamente la medida más insólita es la nueva obligación a las empresas para que hagan las pruebas rápidas o moleculares a sus trabajadores, no sólo antes de reincorporase al trabajo sino de manera recurrente. Además, en el caso de detectar un contagio es también la empresa la que debe hacer el seguimiento médico del trabajador, dejando al Ministerio de Salud como una especie de supervisor para los contagios de los empleados y tomando las pruebas exclusivamente de los que no trabajan.
Perú sería el primer país en delegar la mayoría de las pruebas de COVID 19 al sector privado, esto no solo va a poner en una situación difícil a muchas empresas que no tienen acceso fácil a proveedores formales propiciando la venta de pruebas de baja calidad o fraudulentas, sino que podría hacer imposible hacer un seguimiento efectivo del avance del número de contagios.
* CEO de Safety Through Design – Experto en Normas Técnicas de Seguridad