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No discriminen a los calvitos

Recuerdo con nostalgia, la frondosa y larga cabellera que tenía cuando era más joven. Lo tenía tan largo que me llegaba hasta los hombros. Sin embargo, empecé a perder mis rulos cuando ya había pasado los treinta. En esos años, recién se empezaban a comercializar los tratamientos para detener la caída del cabello, los mismos que eran caros y poco comunes.

Al contar con un seguro médico privado, que mi padre me ayudaba a pagar, solicité la consulta de un dermatólogo especialista en cabello. El diagnóstico fue muy simple, sufría de alopecia al igual que millones de personas en el mundo. El doctor me recetó “Minoxidil”. En vista que los medicamentos de la consulta estaban cubiertos al 100%, según mi póliza de seguros, el doctor me comunicó que recibiría el tratamiento en breve. Lo que recibí fue una llamada de la empresa aseguradora, Pacífico Peruano Suiza (como ese momento se llamaba Pacíficos Seguros) y se me informó que mi tratamiento no estaba cubierto. Según ellos, la alopecia no era una enfermedad y por ende no la cubrían.

Para no hacer la historia muy larga, pude demostrarle a la compañía de seguros que la alopecia sí era una enfermedad y que al no estar explícitamente excluida en la póliza, ellos debían cubrir el tratamiento, a lo cual finalmente accedieron después de meses de “evaluación”. Por supuesto, al momento de renovar mi póliza, me encontré con la “sorpresa” que habían incluido una “nueva enfermedad” que no estaba cubierta en mi póliza de seguros médico. ¿Adivinan cuál? La alopecia. No pude terminar el tratamiento.

En mi caso, el resultado fue que perdí unos cuantos pelos más, hasta quedar “calvito”. Para mí no fue una tragedia, pero el día de hoy existen pacientes oncológicos que necesitan de manera urgente, que sus empresas aseguradoras médicas les cubran los remedios y tratamientos a los que ellos deben someterse, a riesgo de perder no solamente el pelo, sino la vida.

En marzo del año 2022 se publicó el Reglamento de la Ley 31336, Ley Nacional del Cáncer. Dicho reglamento indica claramente en el punto 7.2 “Las IAFAS privadas deben asegurar la integralidad de la cobertura oncológica en las pólizas de seguros de salud que incluyan dicha cobertura, incluyendo los tratamientos reconocidos en las guías de prácticas clínicas internacionales, sin perjuicio de la condición del estudio clínico”.

Las empresas aseguradoras reunidas en APEPS (Asociación Peruana de Entidades Prestadoras de Salud) han presentado una demanda de acción popular ante la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima,  para que se modifique dicho párrafo (7.2) y no tengan que incluir una serie de medicamentos contra el cáncer que se encuentran en fase III y que todavía no han obtenido la certificación final de sus países de origen.

Sin embargo, muchos de los medicamentos que estas empresas quieren excluir, han sido aprobados por la Administración de Alimentos y Medicamentos en Estados Unidos (FDA) y por la Agencia Europea de Medicamentos.  Según un estudio de la ONG Voces Ciudadanas, 21 medicamentos que han sido aprobados por estas dos agencias internacionales, no están cubiertos por las aseguradoras locales.

En el Perú hay 70,000 nuevos casos de cáncer al año, siendo una de las principales causas de muerte en el país. Para los que hemos tenido un familiar o amigo con cáncer, sabemos lo dolorosa y costosa que es esta enfermedad, por lo que en mi opinión, es mezquino e inmoral de parte de las aseguradoras privadas, excluir medicinas por más costosas que estas sean, que puedan curar el cáncer o ayudar a dar una mejor calidad de vida al que lo sufre. Aquí no se está hablando de una operación de nariz o una jalada de cara como la que se hizo la presidenta Boluarte, sino de la vida o muerte de las personas.

Otro factor que afecta la cobertura de los clientes de seguros privados de salud, es que varias aseguradoras son dueñas de redes hospitalarias, lo que en mi opinión crea un conflicto de interés. Analicemos un breve ejemplo. El paciente X, que cuenta con un seguro privado de salud, se va a atender a una clínica que pertenece a la aseguradora. En dicha clínica, el doctor tratante le receta una medicina de alto costo, pero muy efectiva para la enfermedad que padece. En teoría, la empresa aseguradora debería cubrir dicha medicina. Pero se podría dar el caso que el controlador de la aseguradora, le exija al doctor cambiar de medicina a una más barata, que aunque también funciona, no es tan efectiva como la primera. ¿Quién nos garantiza que esto no suceda todos los días en nuestro país? ¿Cómo podemos estar seguros de recibir el mejor tratamiento disponible, cuando el dueño de la clínica quiere minimizar sus costos para aumentar su rentabilidad?

Los que me han leído a lo largo de estos años, saben que soy un creyente del libre mercado, de la competencia y del capitalismo en general, pero no podemos aceptar ciertas prácticas mercantilistas de algunas pocas empresas.

El nobel de economía, Milton Friedman, lo dijo mejor que yo: “Es común que se piense, equivocadamente, que quienes están a favor del libre mercado también están a favor de todo lo que hacen las grandes empresas. Nada podría alejarse más de la verdad”.

* Sígueme en mis redes sociales en LinkedIn: urilandmanh y X @urilandman.         

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