La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), recuerda a todos los interesados en tramitar su primera licencia de conducir que uno de los pasos más importantes es aprobar el examen médico, pues evidencia que el candidato está apto física y psicológicamente para conducir.
Por ello, se necesita acudir a centros médicos autorizados para pasar la evaluación respectiva. El listado de establecimientos autorizados por el MTC, clasificados por departamento, provincia y distrito, se encuentra disponible de manera gratuita en https://rec.mtc.gob.pe/LicenciaConducir/ArCentroMedicoConfiguracion .
De acuerdo con la información del ente rector del transporte en el Perú, existen 623 centros médicos autorizados para realizar este procedimiento: Amazonas (9), Áncash (15), Apurímac (12), Arequipa (49), Ayacucho (12), Cajamarca (17), Cusco (57) y Huancavelica (10).
Asimismo, Huánuco (9), Ica (22) y Junín (27), La Libertad (31), Lambayeque (20), Lima (198), Callao (15), Loreto (10), Madre de Dios (7), Moquegua (10), Pasco (14), Piura (25), Puno (22), San Martín (10), Tacna (11), Tumbes (3) y Ucayali (8).
La evaluación médica también es un requisito para renovar o recategorizar la licencia de conducir, así como para realizar los canjes con documentos similares emitidos en el extranjero y los canjes-modificaciones de las restricciones estipuladas en la licencia.
Sanciones de hasta S/2675
De acuerdo con el Reglamento Nacional de Tránsito, conducir un vehículo sin tener la licencia respectiva o un permiso provisional se considera una falta muy grave (M03), que se multa con el 50 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir S/2675, sin posibilidad de descuentos. Además, el conductor es inhabilitado para obtener una licencia por un plazo de tres años, y puede imponerse la medida preventiva de internamiento del vehículo.
En el caso de que el conductor sea intervenido conduciendo un vehículo cuya clase o categoría que no se corresponde con la licencia de conducir que porta, la falta (M05) – también muy grave – amerita una multa del 50 % de una UIT, así como 70 puntos en contra en el récord de conducción. También se suspende la licencia de conducir por un año y, como medida preventiva, se puede disponer la retención del vehículo y de la licencia.
La SUTRAN recomienda estar atento a la vigencia de la licencia de conducir, a fin de poder revalidarla a tiempo y evitar contratiempos. El proceso de revalidación puede realizarse durante la vigencia del documento actual. Asimismo, es importante recordar que el nuevo periodo de vigencia de la licencia de conducir dependerá del récord del conductor.
Por ejemplo, si se trata de una licencia de clase A-I, la revalidación será por 10 años si el conductor no ha sido sancionado o si solo cuenta con infracciones leves. En cambio, el periodo de revalidación será de 8 años para quienes hayan sido sancionados por una infracción grave o muy grave que no amerite la suspensión; o de 5 años, si el conductor fue sancionado con una suspensión o inhabilitación temporal.
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