Locales

MTC exhorta a pasajeros denunciar actos de acoso sexual en el transporte público

Existe un protocolo de atención para asistir y proteger a víctimas de este delito penado hasta con nueve años de cárcel

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) exhortó a los usuarios y la ciudadanía a no guardar silencio y reportar de inmediato los actos de acoso sexual que se presenten en las unidades de servicio de transporte de pasajeros.

La entidad recordó, además, a los usuarios y operadores de rutas que está vigente el Protocolo de Atención ante Actos de Acoso en el Transporte Terrestre de Personas, que establece medidas inmediatas para proteger a las víctimas y garantizar la seguridad de los pasajeros.

En caso de presenciar o ser víctima de una situación de acoso sexual dentro de una unidad de transporte, se avisará de inmediato al conductor, cobrador o miembro de la tripulación, quienes deberán separar a la víctima de la persona agresora y comunicarse de inmediato con la Central 105 de la Policía Nacional del Perú.

El conductor está obligado a dirigir el vehículo hacia el punto de control policial más cercano. Si el hecho ocurre en Lima o Callao, dará aviso a inspectores de transporte, fiscalizadores o personal de serenazgo.

En provincias, la denuncia debe ser reportada a la Policía Nacional o a inspectores de la Sutran.

Una vez que interviene la autoridad, el vehículo debe detenerse para proceder con la atención del caso. A la Policía le corresponde detener inmediatamente al agresor y registral los datos de la víctima y de los testigos.

Este protocolo, elaborado por el MTC, busca garantizar condiciones de seguridad a los usuarios del transporte público y brindar atención adecuada a las víctimas. Su aplicación busca dar respuestas rápidas y efectivas frente a un problema que afecta principalmente a mujeres.

De acuerdo con un estudio de la Cooperación Alemana para el Desarrollo, 7 de cada 10 mujeres en el Perú han sufrido acoso sexual en el transporte público. Los casos más frecuentes corresponden a tocamientos indebidos (65 %), acoso verbal (20 %) y miradas intimidantes (11 %).

El MTC recuerda, asimismo, que el Código Penal sanciona el acoso sexual con penas de hasta nueve años de cárcel.


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