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Minsa se pronuncia sobre servicios complementarios en las farmacias y boticas

El Ministerio de Salud (Minsa) aclara que, en el marco de la Ley N° 32033, Ley que garantiza y promueve el acceso y uso a los medicamentos genéricos, prohibe las consultas médicas, análisis clínicos, recolección de muestras para laboratorios, campañas médicas, y demás actividades no autorizadas en farmacias y boticas de manera expresa.

Sobre la aplicación de inyectables en las farmacias y boticas, el Minsa precisa, en un comunicado, que no es correcta la información vertida por un medio de comunicación de que está prohibido esta práctica, pues la Ley N° 32033 no lo menciona en ninguno de sus artículos.
Al respecto, añade que, según D.S. 014-2011-SA, las farmacias o boticas que deseen prestar servicios complementarios (aplicación de inyectables) deben contar con personal calificado y área específica para este fin, además de realizar el trámite respectivo ante las autoridades de salud.
El Minsa recuerda que las consultas médicas en estos establecimientos estuvieron prohibidas desde hace años por una norma emitida por dicho portafolio.
Refiere, sin embargo, que las consultas médicas se permitieron tras la emisión de una resolución del Indecopi que autorizaba su realización, a pedido de las cadenas MIFARMA S.A.C. y BOTICAS IP S.A.C.
El Ministerio de Salud ratifica su compromiso de seguir haciendo respetar el derecho a la salud de la población accediendo a medicamentos genéricos de calidad.