Cumple la función esencial de informar a la ciudadanía para decidir lo que consume
El Ministerio de Salud (Minsa) interpondrá un recurso legal contra la resolución que afecta la legalidad de las disposiciones en materia de publicidad de los octógonos, debido que dicha advertencia debe estar consignada en todos los productos que contengan grasas trans sin importar su cantidad.
La autoridad de Salud informó que la decisión fue asumida tras tomar conocimiento que la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi emitió la Resolución N°0134-2021/SDC-Indecopi, en la cual se afirma que “aquellos productos que contengan menos de 0.5 gramos de grasas trans por porción son pasibles de ser presentados como si carecieran de tal compuesto”.
Al respecto, el Minsa informó también lo siguiente:
1. La Ley de Alimentación Saludable dispone que, en la publicidad del producto, de los alimentos y bebidas no alcohólicas con grasas trans y alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas, se debe consignar en forma clara, legible, destacada y comprensible, las advertencias publicitarias (octógonos).
2. Las grasas trans de producción industrial están contenidas en grasas vegetales endurecidas como la margarina, y suelen estar presentes en alimentos horneados o fritos. Las dietas ricas en grasas trans aumentan el riesgo de cardiopatía en un 21% y de muerte en un 28%, en tal sentido, eliminar las grasas trans es clave para proteger la salud y salvar vidas.
3. Recordamos que desde el 23 de julio de 2021 está prohibida la elaboración, importación y comercialización de aceites y grasas parcialmente hidrogenadas. Asimismo, no está permitido su uso como ingrediente en la elaboración de alimentos y bebidas industrializadas.
4. Discrepamos de la posición mayoritaria de la Sala Especializada en Defensa del Consumidor del Indecopi y sostenemos que la obligación de consignar la advertencia publicitaria “Contiene grasas trans: Evitar su consumo” no requiere parámetro técnico alguno y debe estar consignada en todos los productos que contengan grasas trans, sin importar su cantidad. La finalidad de la legislación peruana en materia de grasas trans es evitar su consumo y eliminarlas gradualmente en todo producto procesado, los argumentos de la sala contravienen dicho objetivo y desprotegen a los consumidores.
El Minsa, de esa manera, se ratifica en la defensa del derecho a la salud y a la información de la población para brindar información simple y de fácil comprensión sobre el contenido de nutrientes críticos como contenido de azúcar, grasa saturada, grasas trans o sodio en los productos procesados.