La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Indecopi declaró ilegal la ordenanza de la Municipalidad de Santiago de Surco que prohibía el traslado de combustibles líquidos y gas licuado de petróleo (GLP) en vehículos menores, motorizados o no.
El Indecopi precisó que esta decisión no significa una autorización libre para transportar combustibles en este tipo de unidades, ya que los interesados deben cumplir con las normas técnicas y de seguridad establecidas por el Ministerio de Energía y Minas (Minem) mediante decretos supremos.
La entidad explicó que la Ordenanza 689-MSS y el código de infracción O-008 de la Ordenanza 701-MSS excedían las competencias municipales, pues la regulación del transporte de combustibles es atribución exclusiva del Minem, según la Ley 26221.
No obstante, la resolución reconoce que la municipalidad mantiene competencias en otros aspectos relacionados con el tránsito y el transporte local, como la fiscalización de humos, gases, ruidos y la supervisión del tránsito terrestre de los vehículos menores.
El mandato de inaplicación general entrará en vigor al día siguiente de la publicación del extracto de la resolución en el diario oficial El Peruano.