El matrimonio es una institución fundamental en la sociedad, pero en Perú no todas las personas pueden contraer nupcias libremente. La legislación peruana establece requisitos estrictos para garantizar la validez de esta unión y prevenir abusos. Así, el Código Civil del país señala hasta 11 circunstancias en las que una persona está legalmente impedida de casarse.
Estos impedimentos tienen como finalidad proteger los derechos de los contrayentes y la estructura familiar. Van desde la prohibición de uniones por razones de edad hasta restricciones por antecedentes penales. A continuación, detallamos los casos específicos en los que no es posible formalizar una unión matrimonial en el territorio peruano.
¿Qué personas están impedidas de casarse en Perú?
El artículo 241 del Código Civil establece impedimentos absolutos para el matrimonio. Estas disposiciones buscan evitar uniones que contravengan el orden legal o que puedan poner en riesgo la estabilidad de las familias y la sociedad.
Menores de edad: en Perú, solo pueden casarse las personas mayores de 18 años sin excepción, desde la modificación del Código Civil, con la Ley N.º 31945.
Personas casadas: el matrimonio es una relación exclusiva entre dos personas, por lo que aquellos que ya se encuentran legalmente casados no pueden contraer nuevas nupcias. Para poder casarse nuevamente, es imprescindible obtener una sentencia de divorcio o la declaración de nulidad del matrimonio anterior.
Personas con capacidad restringida: aquellos individuos que, por razones de salud mental, carecen de la capacidad legal para tomar decisiones informadas también están impedidos de casarse. En estos casos, la restricción busca garantizar que el matrimonio sea un acto consciente y voluntario. El artículo 242 del Código Civil amplía las restricciones; no obstante, estas pueden ser dispensadas por un juez en circunstancias excepcionales:
Parentesco cercano: no está permitido el matrimonio entre ascendientes y descendientes en línea recta (padres con hijos, abuelos con nietos), ni entre hermanos.
Afines: las personas que tienen un vínculo de consanguinidad en línea recta y en línea colateral en segundo y tercer grado tampoco pueden casarse. Esto significa que un suegro o suegra no podría casarse con su nuera o yerno.
Relación adoptiva: el matrimonio entre adoptantes y adoptados está prohibido. Esta disposición busca mantener el carácter familiar de la relación de adopción y evitar posibles conflictos de intereses.
Personas condenadas por asesinato del cónyuge: si una persona ha sido condenada por el homicidio de su cónyuge o el esposo de la persona con quien pretende casarse, no puede contraer matrimonio.
Casos de rapto: en situaciones donde una persona ha sido secuestrada, esta no puede casarse mientras perdure esta situación.
¿En qué otros casos no está permitido el matrimonio?
El Código Civil también establece otros impedimentos con el objetivo de evitar conflicto de intereses. Estos se establecen en el artículo 243:
Tutores o curadores con sus pupilos: aquellas personas que ejercen la tutela sobre un menor o persona con discapacidad no pueden casarse con ellos, salvo previa aprobación de la rendición de cuentas de la administración de bienes.
Viudos sin inventario de bienes: un viudo o viuda que tenga hijos menores de edad no puede volver a casarse sin antes haber realizado un inventario judicial de los bienes de la herencia.
Viudas en período de espera: en Perú, una mujer que enviuda debe esperar un periodo de 300 días antes de poder contraer nuevas nupcias, salvo el caso que presente un certificado médico que confirme que no está embarazada. Esta disposición también involucra a mujeres divorciadas.
¿Está permitido el matrimonio igualitario en Perú?
Actualmente, en Perú el matrimonio igualitario no está reconocido por la legislación. La normativa vigente establece que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, lo que impide que las parejas del mismo sexo puedan casarse legalmente en el país.
A pesar de esta restricción, en los últimos años han surgido diversas iniciativas legales y judiciales para el reconocimiento del matrimonio igualitario, pero ninguna ha sido aprobada.