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Aprueban lista de beneficiarios y monto de subvención económica para acogimiento familiar

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp) aprobó el padrón de beneficiarios de la subvención económica por acogimiento familiar (PB-SEAF) correspondiente al mes de febrero de 2024.

La medida se oficializó mediante la Resolución Ministerial N.º 160-2024-MIMP, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. 

Esta medida, enmarcada en el Decreto Legislativo N.º 1297, busca garantizar la protección integral de niñas, niños y adolescentes sin cuidados de una familia o en riesgo de perderlos, priorizando su derecho a vivir, crecer y desarrollarse en el seno de una familia. 

El documento establece que la subvención económica contribuirá a costear los gastos básicos de cada niña, niño o adolescente en acogimiento familiar, así como a brindar apoyo en gastos adicionales según su edad, necesidades especiales y de desarrollo, tomando en cuenta la condición socioeconómica de la familia acogedora.

La aprobación del padrón y del monto total por concepto de subvención económica, que asciende a S/ 66 601,93, se fundamenta en la disponibilidad presupuestal del Mimp. Esta acción se lleva a cabo en cumplimiento de la Undécima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N.º 1297, la cual establece que la persona o familia acogedora puede recibir esta subvención económica de acuerdo a las metas presupuestales del sector.

La presente resolución lleva la rúbrica de la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ángela Teresa Hernández Cajo.

¿Cómo convertirse en familia acogedora?

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), a través del programa de Familias Acogedoras, garantiza el derecho a vivir en un entorno familiar seguro a niñas, niños y adolescentes en situación de desprotección familiar, evitando que sean cuidados en un medio institucional.

Cabe resaltar que esta medida es temporal, ya que el objetivo del MIMP es eliminar los factores que motivaron la separación de las niñas, niños y adolescentes de su familia, por lo cual trabajan con ellas a fin de que puedan asumir nuevamente el cuidado de sus hijos de forma segura.

Requisitos

Toda persona o familia que tenga la voluntad y capacidad de brindar afecto y cuidado temporal en su hogar a una niña, niño o adolescente, puede solicitar ser una Familia Acogedora del MIMP. Otros requisitos son:

– Contar con mayoría de edad

– Acceder de forma voluntaria a ser familia acogedora

– En caso hubiera hijas o hijos de la familia, se recibirá su opinión en función a su edad y grado de madurez, así como de los demás miembros de la familia que vivan con ellos.

– Los cónyuges o convivientes deben presentar la solicitud de acogimiento familiar de manera conjunta.

– Disfrutar de un estado de salud física y psíquica que no dificulte el normal cuidado de una niña, niño o adolescente.

– Disponer de recursos necesarios para asumir los gastos de alimentación, educación, salud, vivienda y otros derivados del acogimiento.

Para postular pueden comunicarse a través de la línea gratuita 1810 o ingresar a la web de Familias Acogedoras del MIMP, donde aparecen todos los requisitos, los formularios y se puede hacer la solicitud online.