Deportes

Alianza Lima tendrá que pagar multa de S/2.4 millones por apagón en Matute

Puso en riesgo injustificado a más de 26,000 asistentes, señala sala de Indecopi en última instancia administrativa

En segunda y última instancia administrativa, el Indecopi impuso una multa de 450 UIT (2 millones 407,500 soles) al Club Alianza Lima por apagar –sin justificación y de manera no coordinada– la iluminación del estadio Alejandro Villanueva en la final de 2023 que jugó contra Universitario de Deportes.

Con ese corte de iluminación en el campo y las tribunas del recinto de Matute, la institución victoriana “expuso a un riesgo injustificado a más de 26,000 asistentes” a dicho encuentro, en que la “U” se coronó campeón del fútbol peruano al término de la Liga 1 del 2023.

Según la resolución de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, el apagado de reflectores –el 8 de noviembre de dicho año– incumplió lo dispuesto en el artículo 47.1 del Reglamento de la Liga 1 Betsson 2023, que exige mantener la iluminación artificial hasta la evacuación total del estadio.

Alianza incumplió también con el artículo 70.2 del Reglamento Único de Justicia de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), “que obliga a los clubes organizadores a cumplir y aplicar las normas de seguridad vigentes”.

Asimismo, la Sala determinó que la decisión del club fue adoptada sin coordinar con las autoridades presentes, como la Policía, Fiscalía y representantes de la FPF, quienes incluso solicitaron restablecer la luz, a lo que el club se negó. 

“Este accionar generó una oscuridad generalizada que expuso a los asistentes a condiciones de inseguridad, favoreciendo hechos como el lanzamiento de bengalas encendidas e intentos de invasión del campo de juego”, añadió el Indecopi, en una nota de prensa.

Medida correctiva

Como medida correctiva, se ordenó que Alianza Lima capacite a su personal y directivos en protocolos de seguridad para espectáculos deportivos, bajo la supervisión de una entidad especializada, y adopte mecanismos internos de control que aseguren el cumplimiento estricto de la normativa en futuros eventos.

Finalmente, en otro punto de su decisión, la Sala declaró la nulidad parcial de la resolución de la primera instancia, al advertir que se evaluó una conducta distinta a la denunciada. 

“Por ello, la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 deberá emitir un nuevo pronunciamiento sobre el encendido y lanzamiento de bengalas al estadio, lo que podría derivar en una multa adicional a la ya impuesta”, detalló la institución.

La resolución N° 2189-2025/SPC-INDECOPI es pública y puede revisarse siguiendo este enlace: 

https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/getDoc?docID=workspace://SpacesStore/04869ee5-5c7c-4eed-9327-0a5d7e21c10e.

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