La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó en la víspera el dictamen que modifica el artículo 93 de la Constitución Política para eliminar la inmunidad parlamentaria. ¿Qué implica esta decisión?
En primer lugar, el documento refiere que «los congresistas representan a la Nación y no están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación”.
Asimismo precisa que no son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones.
Además establece que «los procesos penales contra congresistas por delitos comunes cometidos durante su mandato son de competencia exclusiva de la Corte Suprema de Justicia«.
Dicho párrafo se incorporó al final del debate a propuesta del legislador Renzo Gupioc, de Podemos Perú, ya que el texto que remitió la secretaría técnica de la comisión no contemplaba esa precisión.
El constitucionalista Omar Cairo explicó que el dictamen aprobado elimina la figura de la inmunidad parlamentaria y asigna a la Corte Suprema el procesamiento penal de los congresistas.
«Se elimina totalmente la inmunidad parlamentaria (necesidad de autorización antes de procesar a congresistas). La Corte Suprema no levanta inmunidad, sino que procesa penalmente a los congresistas», precisó vía Twitter.
Ahora, subrayó, le corresponde al pleno del Congreso aprobar este dictamen.
«Si lo hace daría un primer paso para recuperar la confianza de la ciudadanía. Ojalá que no la defraude», manifestó.