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Unidades de transporte deberán ser adaptadas para personas con discapacidad

El 10% de vehículos de una empresas prestadora de servicio de transporte público deben ser adaptados de manera obligatoria para personas con discapacidad, según un proyecto de ley aprobado por la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República.

La iniciativa legislativa, de autoría del legislador Héctor Valer (Somos Perú), fue aprobada por unanimidad en el grupo de trabajo que preside la legisladora Kira Alcarraz Agüero (Podemos Perú).

Su objetivo garantizar la accesibilidad en el transporte público a personas con discapacidad, mediante la obligatoriedad de contar con vehículos adaptados en un porcentaje determinado, como mínimo del 10% de su flota.

Dicho porcentaje podrá ser revisado y modificado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones cada cinco años, de acuerdo a las necesidades y demanda detectada y conforme a los planes nacionales de accesibilidad que se promulguen.

Las infracciones a lo establecido serán sancionadas conforme al Reglamento de esta Ley. La reglamentación estará a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en un plazo no mayor a 90 días calendario.

De otro lado, este grupo de trabajo se aprobó por unanimidad el dictamen que promociona la superación de la pobreza mediante el emprendimiento y la economía creativa para familias en estado de vulnerabilidad.

Además, la comisión aprobó el dictamen que modifica el artículo 6 de la Ley N° 27470 “Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche”, lo cual permitirá incluir a la población de menores de edad entre 7 a 13 años como beneficiaria de la cobertura de este programa social.