Política

Patricia Benavides pide al Tribunal Constitucional una medida cautelar de “extrema urgencia” contra la JNJ

La fiscal de la Nación, Patricia Benavides, persiste en su intento de que el Tribunal Constitucional dicte una medida cautelar a su favor para suspender provisionalmente las investigaciones de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) en su contra, mientras se resuelve la demanda competencial.

La fiscal de la Nación, Patricia Benavides, persiste en su intento de que el Tribunal Constitucional dicte una medida cautelar a su favor para suspender provisionalmente las investigaciones de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) en su contra, mientras se resuelve la demanda competencial.

En un nuevo escrito al que accedió Infobae Perú, Benavides solicita con “carácter de extrema urgencia” la emisión de la medida cautelar a fin de, asegura, “cautelar y salvaguardar la autonomía y autogobierno” del Ministerio Público.

Fiscal de la Nación pide medida cautelar con "extrema urgencia"

La fiscal de la Nación busca que el TC ordene la suspensión de las investigaciones respecto a la desarticulación del Equipo Especial Cuellos Blancos, el trato ofensivo al exfiscal supremo Víctor Cubas Villanueva y la remoción de la exfiscal Bersabeth Revilla, quien investigaba las coimas que habría recibido la jueza superior Emma Benavides para liberar a narcotraficantes.

Para sustentar su requerimiento, Patricia Benavides alega que la JNJ vulnera la Constitución Política e invoca la Ley 31718, ley aprobada este año por el Congreso que le otorga mayor poder al titular del Ministerio Público.

Además, plantea el mismo argumento que acogió favorablemente el Sexto Juzgado Constitucional de Lima para concederle una medida cautelar: el hecho de que la consejera Inés Tello es madre del viceministro Alberto Ñeco implicaría supuestamente una falta de imparcialidad.

Asimismo, Patricia Benavides consigna el comunicado que emitió la JNJ donde advierten que la demanda competencial traería consigo el riesgo de “un espacio de impunidad frente al control disciplinario”.

“Queda claro que la demanda competencial no ha sido del agrado de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia, y que en vez de dirigir sus esfuerzos a fin de contestar la demanda constitucional ante la autoridad competente (el TC) se ha dedicado a no solo denostar de quien jefatura legítimamente el Ministerio Público, sino a adelantar opinión, determinando por si y ante sí la calidad de los fundamentos de nuestra demanda competencial del principal del presente proceso constitucional”, dijo.

“En mérito a lo expuesto, debe ser concedida la presente medida cautelar, por cuanto de la conducta reiterada de la Junta Nacional de Justicia se advierten los indicios suficientes del riesgo que en la extralimitación de sus atribuciones y el menoscabo de la autonomía del Ministerio Público puedan hacer un uso arbitrario de la medida de suspensión preventiva en el ejercicio del cargo de fiscal de la Nación o peor aún, tomar decisiones que generen una afectación irreparable contra el autogobierno institucional”, agregó la fiscal de la Nación.

De acuerdo con el Nuevo Código Procesal Constitucional, se necesita del voto de 5 magistrados para aprobar una medida cautelar.

Medida cautelar cuestionada

Cabe precisar que Patricia Benavides ya cuenta con una medida cautelar que suspende las investigaciones de la JNJ en su contra. Esta fue emitida en primera instancia por la jueza Jacqueline Tarrillo, del Sexto Juzgado Constitucional de Lima.

Sin embargo, la magistrada citó una ley sin vigencia para dictar dicho beneficio. Invocó el artículo 18 del antiguo Código Procesal Constitucional, que fue derogado en 2021, cuando se promulgó el nuevo Código Procesal Constitucional.

En este nuevo código, los requisitos para que se disponga una medida cautelar se modificaron. Por ejemplo, se eliminó el peligro de demora y se incorporó el concepto de irreparabilidad.

“El Nuevo Código Procesal Constitucional ya eliminó el peligro de la demora, no considera el peligro de la demora como una causal de análisis para una medida cautelar, sino, considera la certeza del perjuicio irreparable. (…) No es lo mismo analizar un caso bajo el peligro que demore un proceso que bajo la irreparabilidad”, explicó la expresidenta del TC Marianella Ledesma en entrevista con Ideeleradio.

* Tomado de Infopae