La Comisión Permanente, conducida por el presidente del Congreso, José Williams Zapata, se reunirá mañana desde las 9.00 horas, con el fin de debatir y votar el informe final de la denuncia constitucional contra el presidente de la República, Pedro Castillo.
El documento, aprobado por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, concluye acusar por juicio político a Castillo Terrones, en su condición de presidente de la República, por infracción de los artículos 32, 54, 110, 118, inciso 1, 2 y 11, de la Constitución Política del Perú; y, de acuerdo al artículo 100 de la Carta Magna, se propone que se le imponga la sanción de inhabilitación por cinco años para el ejercicio de la función pública.
Además, concluye acusarlo por antejuicio político, en su condición de mandatario, como presunto autor del delito de traición a la patria, previsto y sancionado en el artículo 325 del Código Penal, en calidad de autor y en grado de tentativa en agravio del Estado peruano.
Defensa
Para esta sesión, que se llevará a cabo en el hemiciclo de Palacio Legislativo, el presidente del Congreso, José Williams Zapata, invitó al jefe del Estado para que haga ejercicio de su derecho de defensa.
«De conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Constitución Política del Perú y el literal f) del artículo 55 del Reglamento del Congreso, se concederá el uso de la palabra a usted, y si así lo solicita, a su abogado defensor, para que haga uso de su derecho de defensa, de manera presencial», señala el oficio dirigido al mandatario.
Procedimiento
Cabe indicar que el procedimiento de acusación constitucional se desarrolla de acuerdo a lo establecido en el artículo 89) del reglamento del Congreso.
El inciso f) señala que, si el informe propone la acusación ante el pleno del Congreso, se debatirá el informe y se votará, pronunciándose por la acusación o no ante el Pleno.
El inciso g) precisa que si el informe que propone la acusación es aprobado, la Comisión Permanente nombra una subcomisión acusadora integrada por uno o más miembros de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, propuestos por el presidente al momento de presentar el informe final, a efecto de que sustente el informe y formule acusación en su nombre ante el Pleno del Congreso.