Incluye a las cajas municipales
La bancada de Acción Popular, por iniciativa del legislador Wilson Soto, presentó un proyecto de ley que elimina el cobro de la comisión interplaza, a través de todos los canales, por parte de las empresas del sistema financiero.
La iniciativa precisa que en los contratos de tarjeta de débito no procede el cobro de la comisión interplaza respecto a las operaciones de retiro, cancelaciones, depósitos, transferencias. Dicho impedimento se extiende a todos los canales.
El incumplimiento de lo señalado da lugar a la imposición de la respectiva sanción conforme a lo establecido en las normas correspondientes de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS)».
La propuesta legislativa advierte que si bien la Ley 31143, Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros, estableció la eliminación de la comisión interplaza en la práctica esto no se cumple.
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La Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley 31143, fijó el ámbito de aplicación de la eliminación de la comisión interplaza a dos modalidades: para el retiro de dinero en efectivo a través de cajero automático del propio banco; y para el retiro en ventanilla de atención en una localidad distinta a la ciudad donde abrió la cuenta bancaria el usuario.
La intención de la norma fue eliminar la comisión interplaza en todas sus modalidades, sin embargo, la realidad muestra que se continúa cobrando dicho concepto en casos de “operaciones de depósitos y transferencias», mas no así en al caso de retiros.
De igual manera, solo se aplica a operaciones que se realizan a través de las entidades bancarias y no para las cajas municipales, ni para las financieras.
Por ello, señala la iniciativa legislativa, se hace necesario corregir estas limitaciones en la aplicación de la Ley 31143 para que no exista discriminación respecto de los usuarios de las entidades bancarias y los de cajas municipales y financieras.
La comisión interplaza se refiere a los depósitos, retiros y cancelaciones realizadas en una ciudad distinta a la provincia donde se abrió la cuenta, es decir el destino de los fondos es a otra provincia.