Política

Sustentan modificaciones a Reglamento del Congreso por eliminación de inmunidad

Con la finalidad de consolidar el marco de la aplicación de la inmunidad parlamentaria de manera definitiva, en la Comisión de Constitución y Reglamento fueron sustentados tres proyectos de Resolución Legislativa que proponen modificaciones en el Reglamento del Congreso.

«El Congreso de la República ya nada tiene que ver con la extinta inmunidad parlamentaria», dijo el parlamentario Luis Valdez Farías (APP), presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento en la sesión virtual que se realizó hoy.

En seguida se inició la sustentación de los Proyectos de Resolución Legislativa 7046/2020-CR, 7081/2020-CR y 7104/2020-CR, que son de similar contenido.

La congresista Carolina Lizárraga sustentó la iniciativa propuesta por la bancada del Partido Morado, la cual plantea derogar el artículo 16 del Reglamento del Congreso; así como modificar el artículo 20 y adecuar el 25 en la parte pertinente. «Se propone eliminar cualquier referencia a la inmunidad parlamentaria», dijo la legisladora.

De manera complementaria dijo que se requiere un proyecto de ley que modifique el Nuevo Código Procesal Penal o la Ley Orgánica del Poder Judicial

Una propuesta similar fue sustentada por la congresista María Retamozo Lezama, propuesta por la bancada del Frepap, quien expuso precisiones sobre el fuero especial para delitos comunes.

«Mi propuesta es establecer que los congresistas son pasibles de ser procesados penalmente por la comisión de delitos comunes imputados desde que asumen funciones, hasta que son cesados en el cargo», refirió. 

En este caso, agregó, la competencia es de la Corte Suprema de Justicia del Perú, mientras que cuando el delito imputado se haya cometido con anterioridad a la asunción del cargo, «entonces es competente el juez ordinario».

Finalmente, hizo lo propio el congresista Luis Valdez Farías al sustentar la propuesta respaldada por su bancada Alianza Para el Progreso. El parlamentario coincidió en que es necesario que se derogue el artículo 16 y se modifique los artículos 20 y 25 del Reglamento del Congreso.