Según la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, una de las ONG que se ha dedicado a defender terroristas en nuestro país, el día domingo 15 de noviembre, tras la “segunda gran marcha del sábado”, habían constatado la desaparición de 44 personas. La ONG también exigió acceso a los cuarteles de la Policía para verificar si allí estaban detenidos los jóvenes que no volvieron a sus hogares tras la marcha del sábado. La primera reflexión a la que debe llevar esta exigencia, es preguntarnos qué derecho tiene la CNDDHH de exigir al Gobierno peruano para suplantar a la fiscalía en su papel de investigar y procesar cualquier delito que se haya podido cometer tras las marchas realizadas hace dos semanas. La segunda y más importante reflexión, es preguntarnos si realmente existieron 44 desaparecidos en dichas marchas. Según la Defensoría del Pueblo, para el día martes 17 de noviembre, o sea 48 horas después de la desaparición de 44 personas, todas ellas sin excepción habían sido ubicadas sanas y salvas. El único caso de un “supuesto secuestro” de un joven manifestante está siendo investigado, ya que presenta graves contradicciones que se tienen que aclarar. Demás está decir que estos “desaparecidos” fueron una de las excusas para exacerbar los ánimos y pedir la renuncia del entonces presidente Merino.
Como he escrito en varios artículos anteriores, soy uno de los tantos peruanos que se opuso a la vacancia del ahora expresidente Vizcarra. No lo hice en un afán de defender a Vizcarra y su corrupto e ineficiente gobierno, sino en aras de tener una estabilidad en el país a puertas de las próximas elecciones generales de abril del próximo año, en medio de una pandemia y crisis económica.
Sin embargo, tenía claro que el Congreso tenía la facultad, tal y como está establecido en nuestra Constitución, de vacar al Presidente por incapacidad moral permanente. Así que cuando Vizcarra fue finalmente vacado el 9 de noviembre, no había motivo alguno para denunciar que había un golpe de Estado por parte del Congreso o algo por el estilo.
Parece que nos hemos olvidado que hace dos años fue Vizcarra, quien en las sombras confabuló para tratar de vacar al entonces presidente PPK. Pero como PPK era de derecha, la vacancia por parte del Congreso ni siquiera fue cuestionada, no se presentaron demandas competenciales, no hubo marchas, nadie puso el grito en el cielo; ahora con Vizcarra que es de izquierda, la vacancia es un golpe de Estado del Congreso. ¡Cómo cambió la perspectiva del pueblo manipulado por la izquierda y los medios afines!
Como tantos de ustedes, seguí atentamente las marchas a través de la radio y los canales de televisión. Debo reconocer mi confusión, cuando los “expertos en salud pública”, quienes dicen que se debe prohibir que la gente vaya a lugares abiertos y de recreación como las playas porque “podrían ser focos de contagios del covid”, ahora apoyaban abiertamente las marchas diciendo que había pocas probabilidades de contagio con miles de personas protestando unas junto a otras. Un doble estándar por donde se le mire. También debo manifestar mi absoluta falta de comprensión cuando veo cientos de jóvenes lanzando piedras y bombardas a los policías, arrasando las estaciones del metropolitano, vandalizando los cajeros automáticos, destruyendo el mobiliario de la ciudad, quemando cuanto podían en el camino, escondidos tras paneles de madera a modo de escudos; mientras los reporteros no se cansaban de llamar pacíficas a estas marchas. Nuevamente me di cuenta de la doble moral de los medios.
Cuando finalmente el día 16 de noviembre, después de varias marchas y contramarchas fue elegido Francisco Sagasti como Presidente del Congreso y por sucesión constitucional, como el nuevo Presidente del Perú; la mayoría de nosotros pensaba que la crisis ya había pasado. Poco después nos dimos cuenta que nos enfrentamos a una nueva crisis causada por una correcta interpretación del Tribunal Constitucional.
Brevemente recordemos que el presidente Vizcarra había presentado una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional para evitar que lo vaquen, alegando que el congreso estaba usando de manera indebida el artículo que lo facultaba para vacar al presidente por permanente incapacidad moral.
El Tribunal Constitucional, con la mayoría de sus votos, decidió emitir una sentencia que declara improcedente la demanda por sustracción de la materia. ¿Qué significa esto en pocas palabras? En vista que la primera moción de vacancia presentada hace unas semanas fue archivada al no contar con los votos necesarios, el Tribunal ya no se podía pronunciar sobre un hecho que ya no existía. El magistrado Blume, consideró que al tener un nuevo presidente de la República, “no contribuye que se esté echando leña al fuego y se esté haciendo crecer esta situación”.
Pero como esta sentencia no gustó a un sector de los medios de tendencia izquierdista, ahora critican férreamente al Tribunal por no cumplir con su “rol constitucional”. Otra vez vemos cómo la doble moral sale a relucir. Cuando el Tribunal Constitucional le da la razón al Gobierno de Vizcarra para cobrar impuestos de manera retroactiva los medios lo aplauden. Pero cuando el mismo Tribunal rechaza una demanda que es trascendental para ellos, entonces el Tribunal ya no sirve.
Quisiera preguntar a mis lectores ¿por qué en otros países el proceso de vacancia de un Presidente a cargo del Congreso no es cuestionado y en nuestro país sí? Les presento un breve ejemplo. En la constitución de los Estados Unidos se menciona el proceso de vacancia “impeachment” de un Presidente. Según el artículo II, sección 4 de la Constitución, a un Presidente solo se le puede vacar por “traición, soborno y otros graves delitos o faltas”. La frase “otros graves delitos o faltas” no está definida en la Constitución. La Corte Suprema de los Estados Unidos decidió en el caso “Nixon vs Estados Unidos”, que no tiene la competencia para decidir estas causales, las cuales solamente corresponden al Congreso. Es así que el Congreso identificó de manera general pero no excluyente, que existen tres tipos de conducta del Presidente, que conllevan a la vacancia. Estas son: exceder o abusar los poderes del cargo, comportamiento incompatible con la función y propósito del cargo, hacer un mal uso del cargo para un propósito inadecuado o para beneficio personal.
Algunos podrán pensar que estos términos son muy vagos y que se prestan a un abuso del poder por parte del Congreso. Pero esto no ha ocurrido. Solamente tres presidentes han pasado por procesos de vacancia: Andrew Johnson en 1868, Bill Clinton en 1998 y Donald Trump en 2019. Ninguno de los tres presidentes fue vacado finalmente.
Si hubiéramos utilizado los mismos criterios que el Congreso de los Estados Unidos, se hubiera vacado a Vizcarra la primera vez sin siquiera mencionar incapacidad moral permanente.
No dejemos que nos engañen con la doble moral. Sino recordemos lo que decía uno de los grandes criminales y asesinos de la historia Joseph Goebbels “Hay que hacer creer al pueblo que el hambre, la sed, la escasez y las enfermedades son culpa de nuestros opositores y hacer que nuestros simpatizantes se lo repitan en todo momento”.