Política

TC avala ley que impide detener preliminarmente o preventivamente a policías que abatan delincuentes

La sentencia del Tribunal Constitucional argumentó que la finalidad de la norma es garantizar "otros bienes constitucionales protegidos, como la función policial o el deber de protección de la población".

El Tribunal Constitucional (TC) declaró constitucional la ley que impide detener preliminarmente o preventivamente a policías que, cumpliendo sus funciones, utilizan su arma de fuego para abatir delincuentes.

La sentencia del TC argumentó que la finalidad de la norma es garantizar «otros bienes constitucionales protegidos, como la función policial o el deber de protección de la población».

El máximo intérprete de la Carta Magna emitió el fallo en virtud de la demanda presentada por el Colegio de Abogados de Huaura y el Colegio de Abogados de Puno contra la Ley 31012, Ley de Protección Policial.

«La regulación por parte del legislador de un supuesto en el que considera que no es aplicable la prisión preventiva o detención preliminar, en la medida en que el agente de la Policía Nacional actúe en cumplimiento de sus funciones y utilice su arma de manera reglamentaria, no es inconstitucional, por cuanto su finalidad es garantizar otros bienes constitucionales protegidos (como la función policial o el deber de protección de la población)», se lee en el comunicado del Tribunal Constitucional.