El gobierno de Dina Boluarte nuevamente no mostró oposición a decisiones recientes del Congreso, aun cuando algunas podrían comprometer derechos y la independencia de otros poderes del Estado. Este martes, se oficializó en el Diario El Peruano la nueva norma que modifica el Código Procesal Constitucional.
Uno de los principales cambios consiste en reducir el número de votos necesarios para declarar fundada una demanda competencial en el Tribunal Constitucional (TC), pasando de cinco a cuatro. Aunque el TC ya resolvió una disputa competencial entre el Congreso y el Poder Judicial —que, entre otras cosas, restableció a Aldo Vásquez e Inés Tello en la Junta Nacional de Justicia— aún está pendiente la demanda presentada por Boluarte contra el Ministerio Público y el Poder Judicial.
Esta demanda fue interpuesta por el Ejecutivo con la intención de suspender las investigaciones que involucran a la presidenta Boluarte, amparándose en el artículo 117 de la Constitución, el cual establece inmunidad para el presidente en ejercicio. Si el TC acoge esta demanda, las pruebas recabadas en las investigaciones contra Boluarte quedarían sin efecto. Cabe destacar que el mismo Congreso sancionó anteriormente a la exfiscal Zoraida Ávalos por suspender investigaciones al expresidente Castillo, sentando un precedente sobre la posibilidad de investigar a un presidente en funciones.
Otro cambio relevante en el Código Procesal Constitucional impide que el Poder Judicial revise decisiones del Congreso relacionadas con la inhabilitación de funcionarios públicos mediante juicios políticos o antejuicios. Esto deja al Congreso en libertad de sancionar sin posibilidad de que sus decisiones sean revertidas en sede judicial. Este mecanismo ya ha sido cuestionado en el pasado, como en los casos de Aldo Vásquez, Inés Tello y Zoraida Ávalos, quienes lograron revertir sanciones apelando a instancias judiciales bajo el argumento de que sus derechos habían sido vulnerados.
Actualmente, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales tiene pendientes varios procesos contra altos funcionarios, como el expresidente Francisco Sagasti, el expresidente del JNE Jorge Luis Salas Arenas y la fiscal de la Nación, Delia Espinoza. De ser inhabilitados por el Congreso, estos funcionarios ya no podrían presentar demandas de amparo ante el Poder Judicial.
El presidente de la Comisión de Constitución, Fernando Rospigliosi, justificó estos cambios al señalar que se busca impedir que el Poder Judicial interfiera en decisiones del Parlamento, argumentando que el objetivo es preservar la independencia del Congreso. En respuesta, la congresista Ruth Luque advirtió sobre los riesgos de una concentración de poder en el Parlamento, alertando sobre una posible «dictadura parlamentaria». La ley fue aprobada el 17 de octubre, en segunda votación, con 72 votos a favor, 20 en contra y 8 abstenciones.